El Secretario General de Gobierno, Santiago De la Peña Grajeda, calificó como una «ocurrencia» con trasfondo negativo la propuesta de reforma electoral de la presidenta Claudia Sheinbaum, la cual busca adelantar la figura de la revocación de mandato del año 2028 al 2027.
El funcionario estatal advirtió que estos cambios no son irrelevantes, sino que comprometen el futuro de la democracia en el país, señalando que incluso partidos aliados al oficialismo han comenzado a notar los riesgos que implica esta modificación en el calendario electoral.
De la Peña Grajeda argumentó que mover este proceso al 2027 tiene una intención política clara: permitir que sea la propia presidenta quien salga a hacer campaña y se convierta en parte activa del debate público durante un año electoral clave.
Según el secretario, esta maniobra rompería la equidad del procedimiento electoral al posicionar la figura presidencial en las calles, lo que desvirtúa la naturaleza del ejercicio y lo convierte en una herramienta de promoción política para el partido en el poder.
«Hay que buscarle las orejas al lobo», aseveró el funcionario al reiterar que no existe una necesidad técnica o democrática para adelantar la consulta que originalmente estaba prevista para el 2028.
Consideró que la reforma es un intento por influir directamente en los resultados de los comicios intermedios, utilizando la estructura del Estado para movilizar al electorado bajo el pretexto de un ejercicio de participación ciudadana que, en la práctica, funcionaría como una plataforma de campaña presidencial.
Finalmente, el secretario hizo un llamado a analizar con profundidad las implicaciones de este «Plan B» electoral, insistiendo en que la estabilidad democrática de México depende de mantener reglas claras y equitativas para todos los actores políticos. Reiteró que el Gobierno del Estado se mantiene vigilante ante reformas que puedan vulnerar el equilibrio de poderes y la transparencia en los procesos de elección popular, defendiendo la importancia de respetar los tiempos constitucionales ya establecidos para la revocación de mandato.